El Documento Básico de Ahorro de Energía (DB-HE) es una normativa de construcción española que pertenece al Código Técnico de la Edificación (CTE), forma parte de las normativas dedicadas a habitabilidad y es de obligado cumplimiento en España desde 2006.
El DB-HE tiene por objeto establecer reglas y procedimientos que permiten cumplir las exigencias básicas de ahorro de energía. Su última modificación corresponde a la publicada en el Real Decreto 732/2019. Se aplica tanto a obras de nueva construcción como a intervenciones importantes en edificios existentes.
El DB-HE se compone de 6 capítulos, dedicados a la limitación del consumo energético, a la demanda energética, al rendimiento de las instalaciones térmicas, al rendimiento de la iluminación, a la contribución renovable de agua caliente y a la contribución solar fotovoltaica.
Sección HE0: Limitación del consumo energético. Su ámbito de aplicación, serán los edificios nuevos y las intervenciones en edificios existentes (ampliaciones, cambios de uso y reformas). Se evaluarán dos indicadores que dependen de las zonas climáticas de invierno, de la localidad de ubicación, del uso del edificio (residencial privado o para un uso diferente) y en el caso de los edificios existentes, del alcance de la intervención:
El consumo de energía primaria no renovable.
El consumo de energía primaria total.
Sección HE1: Condiciones para el control de la demanda energética, se evaluará la calidad de la envolvente térmica a través de:
Transmitancia térmica (U) de cada elemento de la envolvente térmica.
El coeficiente global de transmisión de calor a través de la envolvente térmica (K) del edificio, o parte del mismo, con uso residencial privado y con uso distinto al residencial privado.
Control Solar.
Permeabilidad al aire.
Limitación de descompensaciones (La transmitancia térmica de las particiones interiores)
Limitación de condensaciones.
El capítulo se dedica a garantizar que la demanda energética del edificio debida a las pérdidas y ganancias de calor a través de los cerramientos es igual o menor a unos valores considerados de referencia. Existen dos opciones de justificación, general y simplificada.
Para cualquier opción se establecen una serie de zonas climáticas, definidas por una letra y un número. La letra hace referencia a la dureza del invierno (de A a E) y el número a la dureza del verano (de 1 a 4). Cada capital de provincia tiene una zona asignada, que para el resto de municipios se va endureciendo conforme aumenta la altitud sobre el nivel de su capital.
En las Islas Baleares, la zona climática según el CTE es B3 si la altitud es inferior a 250 m y C3 en caso contrario.
La opción general consiste en comparar el edificio que se quiere estudiar con un edificio de referencia que la normativa establece como válido, debiéndose obtener resultados iguales o mejores. Existen varios programas informáticos admitidos para realizar la comprobación. Esta opción se utiliza principalmente para métodos constructivos novedosos, en los que interesa comparar la respuesta global del edificio y no la de los elementos por separado.
La opción simplificada sólo puede aplicarse en determinados casos, aunque esos casos cubren la mayor parte de edificios que se construyen. Para cumplir con las exigencias del capítulo, es necesario que cada uno de los cerramientos (muros, huecos, cubiertas, suelos…) cumplan con un valor determinado de transmitancia térmica máxima. También se limitan el factor solar de los huecos, las condensaciones y la permeabilidad del aire.
Ambos métodos se basan en el aislamiento y desprecian otros aspectos que tienen importancia en la percepción climática del edificio y en su demanda de energía, que sí son considerados en las normativas de otros países, como es el caso de la inercia térmica.
Sección HE2: Condiciones de las instalaciones térmicas. En este capítulo no se desarrolla un articulado, sino que se establece que los requerimientos sobre el rendimiento de las instalaciones térmicas son aquellos que se establezcan en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).
Sección HE3: Condiciones de las instalaciones de iluminación. En este capítulo se calcula el valor de eficiencia energética de la instalación (VEEI). Es el valor que mide la eficiencia energética de una instalación de iluminación de un espacio o local con un determinado uso y por tanto, con unos parámetros de iluminación acordes con el mismo. Se expresa en W/m2 por cada 100 lux de iluminación. Este tipo de cálculo no limita la cantidad de iluminación, sino la eficiencia de los equipos de iluminación en producirla. Además se establecen parámetros para obligar al aprovechamiento de la luz natural.
Sección HE4: Contribución mínima de energía renovable para cubrir la demanda de agua caliente sanitaria.
Sección HE5: Generación mínima de energía eléctrica. Sólo se aplican a edificios públicos (hipermercados, administrativos, hoteles, etc.) de cierto tamaño y que utilizan energía eléctrica durante las horas diurnas.
La construcción en España ha ido mejorando a lo largo de los años gracias a la evolución de las normativas de obligado cumplimiento en la construcción de edificios, que se inició en 1957 con las normas técnicas que regulaban el sector de la edificación, conocidas como normas MV y que eran competencia del Ministerio de la Vivienda. En ellas no había ninguna indicación sobre el diseño de las edificaciones para mejorar su comportamiento energético, o de instalaciones para calefacción o agua caliente sanitaria de alto rendimiento energético. Alrededor de trece millones de viviendas construidas hasta su derogación (más de la mitad del total de viviendas existentes en la actualidad) no disponen de ningún requisito de ahorro de energía, y conforman edificaciones con un acusado derroche energético.
Estas reglas se transformaron en las Normas Básicas de la Edificación (NBE) en 1977. Fue la primera normativa española que exigió la colocación de aislamiento térmico. A partir de entonces, la solución de ladrillo de medio pie, cámara de aire con aislamiento térmico incorporado y tabique interior fue la solución constructiva estándar para la mayoría de los edificios.
En 1999 se aprueba la LOE, que establece la organización completa de la edificación y sus normativas y con el objetivo de responder a las demandas de la sociedad española, cada vez más preocupada por la calidad en los edificios, la seguridad, el bienestar, la energía y la protección del medio ambiente. La incompatibilidad de las NBE con la aplicación de la LOE obligó a la sustitución de todas ellas por un nuevo conjunto de normas. La propia LOE exige la redacción de un CTE para su desarrollo.
En 2006 se aprueba el Real Decreto 314/2006, por el cual entra en vigor el CTE y se derogan las NBE. En él se establecieron las exigencias que debían cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad y dando respuesta además a las demandas de la sociedad, cada vez más preocupada por la calidad en los edificios, la seguridad, el bienestar, la energía y la protección del medio ambiente. Por otro lado, fue un instrumento para la transposición de la Directiva Europea de Eficiencia Energética en Edificios (EPBD: Energy Performance of Buildings Directive) y sus posteriores actualizaciones.
El CTE se ha actualizado dos veces desde entonces, en 2013 y 2019, haciendo cada vez más exigente la normativa en materia de Eficiencia Energética.
A fin de apreciar la evolución de los requerimientos, a continuación se indican los valores de la transmitancia térmica (U) de fachadas, para una vivienda en Palma de Mallorca según las diferentes normativas. Cuanto menor sea la transmitancia térmica, mejor será la capacidad aislante del elemento constructivo:
Normativa Período U (W/m2K)
Ninguna – 1957 2,12 (estimación)
MV 1957 1958 – 1979 1,85 (estimación)
NBE 1979 1980 – 2006 1,40
CTE 2006 2007 – 2013 1,07
CTE 2013 2014 – 2020 0,65
CTE 2019 2020 – 0,56
Esto supone que una vivienda construida de acuerdo a la última actualización del CTE pierde por la fachada un 74% menos de energía que una vivienda construida antes de la entrada en vigor de las normas MV.
Las Rehabilitaciones Energéticas son un excelente medio para evitar estas pérdidas de energía y dinero, actualizando las construcciones antiguas a estándares actuales. Súmate a la eficiencia energética. ¡El planeta y tu bolsillo te lo agradecerán!
Código Técnico de la Edificación (CTE)